Por el cual se fijan el personal y las asignaciones del Departamento de Ingeniería Sanitaria del Misterio de Trabajo, Higiene y Prevención Social

Rango Decreto
Publicación 1943-06-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República,

en ejercicio de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 25 de la Ley 1942,

DECRETA:

Artículo 1° A partir del 1° de junio de, el personal y las asignaciones del Departamento de Ingeniería Sanitaria del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, será el siguiente:

Sección de Saneamiento:

Un Ingeniero Jefe del Departamento $ 400.00
Un Ingeniero de Acueductos 320.00
Un Ingeniero de Alcantarillados 320.00
Un Ingeniero de Saneamiento 320.00
Un Topógrafo Dibujante 180.00
Un Oficial Mayor de Estadística 170.00
Una Mecanógrafa 100.00
Sección de Obras de Asistencia Social: Un Ingeniero Jefe. Subjefe del Departamento 360.00
Un Arquitecto 320.00
Un Arquitecto Visitador 320.00
Un Ingeniero Calculista 320.00
Un Ayudante de Arquitectura 220.00
Un Dibujante 140.00
Para el servicio de ambas Secciones: Un Secretario 200.00
Un Preparador de copias 90.00
Siete Ingenieros Visitadores de Zona, a $ 320.00 cada uno 2.240.00
Una Mecanotaquígrafa 100.00
Interventor: Un Ingeniero Interventor de las obras del acueducto y alcantarillado de Cúcuta 320.00
Artículo 2° Las asignaciones de que trata el artículo anterior, excepción del sueldo correspondiente al Ingeniero Interventor de Acueducto y Alcantarillado de Cúcuta, que será pagado con fondos de esas obras, se pagarán con imputación al capítulo 42, artículo 445, del presupuesto vigente, o a sus similares de vigencias posteriores.
Artículo 3° Por medio de resolución dictada por el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, se fijará la jurisdicción y la residencia de cada uno de los Ingenieros Visitadores de Zona.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 31 de mayo de 1943

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda Crédito Público,

Alfonso ARAUJO

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social.

Arcesio LONDOÑO PALACIO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.