Por el cual se reorganiza la Sección de Sanidad del Terminal Marítimo y Fluvial de Barranquilla y Obras de Bocas de Ceniza

Rango Decreto
Publicación 1949-05-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto numero de 1949 se independizo del Terminal Marítimo y Fluvial de Barranquilla la Clínica para Empleados y Obreros de esa dependencia;

Que por esta razón, se impone el reajuste de la nómina del personal que ha venido trabajando en la Sección de Sanidad del Terminal.

DECRETA:

Artículo primero. La Sección de Sanidad del Terminal Marítimo y Fluvial de Barranquilla y Obras de Bocas de Ceniza tendrá el siguiente personal con las asignaciones mensuales que a continuación se expresan:
Un Médico Jefe, con $ 650.00
Dos Médicos Primeros Ayudantes, cada uno con 600.00
Tres Médicos Primeros Ayudantes, cada uno con 504.00
Un Médico especialista en órganos de los sentidos, con 504.00
Un Médico especialista en enfermedades infantiles, con 504.00
Tres Odontólogos, cada uno con 394.00
Un Radiólogo, con. 450.00
Un Técnico de Laboratorio, con 400.00
Un Farmacéutico, con 339.00
Dos Ayudantes de Farmacia, cada uno con 180.00
Un Secretario General de Sanidad, con 237.00
Una Mecanotaquígrafa; con 136.45
Dos Oficiales de Kardex, con 251.00
Dos Ayudantes de Kardex, Cada uno con 180.00
Dos Enfermeros, cada uno, con 260.35
Artículo segundo. Los cargos de que trata el artículo anterior, a excepción del Médico Jefe, y que son los mismos que figuran en el Decretó numeró 3535 de 1947, continuarán siendo desempeñados por el personal que los desempeña en la actualidad
Artículo tercero. Esté Decreto regirá con anterioridad al 1° de enero de 1949.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de abril de 1949

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO- El Ministro de Obras Públicas, Luis IgnacioANDRADE.

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