Por el cual se trasladan varias partidas en el Presupuesto de Gastos de 1907
El Presidente de la República de Colombia
En uso de sus facultades legales,
decreta:
Articulo 1. Trasládanse en el presupuesto de gastos del año económico de 1907 de las siguientes partidas tomadas de las imputaciones respectivas:
Articulo 2. Las partidas que se trasladan las siguientes imputaciones:
<<Artículo 3°. NO DIGITADO EN DIARIO OFICIAL 13062>>.
Artículo 4. Sueldos de los empleados del año:
Articulo 5. Sueldos de los empleados del Ministerio en el año:
Parágrafo. Las oficinas ordenadoras verificaran en sus libros las operaciones á que da lugar el Presente Decreto.
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 2 de septiembre de 1907.
R. REYES
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
tobias VALENZUELA
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