Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Guerra)
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO
que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,
DECRETA:
Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente, así:
| MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO | |||
|---|---|---|---|
| deuda publica nacional | |||
| Capítulo 41. | |||
| Del artículo 412. Para el pago de las deudas que se contraigan por la adquisición de equipo para el Ministerio de Guerra, de acuerdo con el Ministerio de Hacienda | $ | 5.000.000.00 | |
| Suman los contracréditos | $ | 5.000.000.00 | |
| MINISTERIO DE GUERRA | |||
| Capítulo 45. | |||
| Al artículo 481. Para ampliación, sostenimiento y conservación de Bases y Unidades, arrendamientos y servicios de alumbrado, energía eléctrica, agua, teléfonos y comunicaciones, en el año | $ | 80.500.00 | |
| Al artículo 482. Para construcción de nuevos edificios e instalaciones en tierra, en el año | 340.500.00 | ||
| Al artículo 485. Para adquisición de unidades a flote, en el año | 4.479.000.00 | ||
| Al artículo 489. Para transportes, auxilios de marcha y viáticos, en el año | 100.000.00 | ||
| Suman los créditos | $ | 5.000.000.00 | |
| Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha. | Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha. | Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha. | Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha. |
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Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 28 de abril de 1952.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Gobierno, Luis Ignacio Andrade-El Ministro de Relaciones Exteriores,Gonzalo Restrepo Jaramillo-El Ministro de Justicia, Juan Uribe Holguín-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Guerra, José María Bernal-El Ministro de Agricultura y Ganadería, Camilo J. Cabal Cabal-El Ministro del Trabajo, Alfredo Araújo Grau-El Ministro de Higiene, Miguel Antonio Rueda Galvis-El Ministro de Fomento, encargado del Despacho de Minas y Petróleos, Carlos Villaveces R.-El Ministro de Educación Nacional, Rafael Azula Barrera-El Ministro de Correos y Telégrafos, Carlos Echeverri Cortés-El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.
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