Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Guerra)

Rango Decreto
Publicación 1952-05-16
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO

que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente, así:
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
deuda publica nacional
Capítulo 41.
Del artículo 412. Para el pago de las deudas que se contraigan por la adquisición de equipo para el Ministerio de Guerra, de acuerdo con el Ministerio de Hacienda $ 5.000.000.00
Suman los contracréditos $ 5.000.000.00
MINISTERIO DE GUERRA
Capítulo 45.
Al artículo 481. Para ampliación, sostenimiento y conservación de Bases y Unidades, arrendamientos y servicios de alumbrado, energía eléctrica, agua, teléfonos y comunicaciones, en el año $ 80.500.00
Al artículo 482. Para construcción de nuevos edificios e instalaciones en tierra, en el año 340.500.00
Al artículo 485. Para adquisición de unidades a flote, en el año 4.479.000.00
Al artículo 489. Para transportes, auxilios de marcha y viáticos, en el año 100.000.00
Suman los créditos $ 5.000.000.00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha. Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha. Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha. Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.
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Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 28 de abril de 1952.

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ

El Ministro de Gobierno, Luis Ignacio Andrade-El Ministro de Relaciones Exteriores,Gonzalo Restrepo Jaramillo-El Ministro de Justicia, Juan Uribe Holguín-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Guerra, José María Bernal-El Ministro de Agricultura y Ganadería, Camilo J. Cabal Cabal-El Ministro del Trabajo, Alfredo Araújo Grau-El Ministro de Higiene, Miguel Antonio Rueda Galvis-El Ministro de Fomento, encargado del Despacho de Minas y Petróleos, Carlos Villaveces R.-El Ministro de Educación Nacional, Rafael Azula Barrera-El Ministro de Correos y Telégrafos, Carlos Echeverri Cortés-El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.

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