por el cual se terminan unas comisiones permanentes a un personal de Oficiales de la Policía Nacional en la Administración Pública

Rango Decreto
Publicación 1996-06-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 61, numeral 1°, literal e) del Decreto 41 de 1994,

DECRETA:

Artículo 1°. Termínase las comisiones permanentes de la Administración Pública, al siguiente personal de oficiales de la Policía Nacional, en las entidades que de cada caso se indica:

Presidencia de la República-Consejería para La Seguridad y Defensa Nacional, Secretaria Ejecutiva Permanente del Consejo Superior de la Defensa Nacional, Corones Hugo Alberto Pulido Sanabria, cedula de ciudadanía 171555407, destinada mediante Decreto 2183 del 30 de enero de 1995.

Dirección Nacional de Antisecuestro y Extorsión, Coronel José Guillermo Rodríguez Rodríguez, cedula de ciudadanía 19057705, destinada mediante Decreto 157 del 19 de enero de 1995.

Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 21 de junio de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Defensa Nacional,

Juan Carlos Esguerra Portocarrero.

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