Por el cual se distribuye una partida global apropiada para auxilio de sostenimiento y dotación de un plantel de educación secundaria en el Departamento Tolima

Rango Decreto
Publicación 1961-06-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 6° de la Ley 62 de 1960,

DECRETA:

Artículo primero. Las partidas globales apropiada en el Presupuesto, Nacional de la actual vigencia para el funcionamiento del Colegio Nacional de Bachillerato femenino, de Honda (Tolima), establecimiento de enseñanza Secundaria, se distribuye así:
Artículo segundo. Las sumas distribuidas por el presente Decreto, serán giradas al Pagador del establecimiento.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a. 23 de mayo de 1961.

ALBERTO LLERAS

El Ministra de Hacienda y Crédito Publico Hernando Agudelo Villa. El Ministro de Educación Nacional, Alfonso Ocampo Londoño.

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