Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974 (Departamento Administrativo de Seguridad), por $ 1.200.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974, con el objeto de garantizar la, buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;
Que el Departamento Administrativo de Seguridad, por medio de la Resolución. número 358 de 1974, declaró sobrante la cantidad de $ 1.200.000.00 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otra apropiación del mismo Presupuesto;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 19 de 1974, por $ 1.200.000.00 para amparar el traslado presupuestal de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1º Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974.
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
CONTRACREDITO
Capítulo 030
Departamento Administrativo de Seguridad Nacional
Programa 031
Desarrollo Operativo
Servicios Personales
102.133.119. Artículo 0374. Prima de costo y alimentación $ 1.200.000
Suma el contracrédito $ 1.200.000
CREDITO
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Capítulo 030
Departamento Administrativo de Seguridad Nacional
Programa 030
Dirección y Administración del Departamento
Gastos Generales
106.111.211. Artículo 0364. Materiales y suministros $ 1.200.000
Suma el crédito $ 1.200.000
Artículo 2º El presente Decreto rige a paritr de la fecha de su expedición.
Comuniquese y publíquese.
Dado en Bogotá, Distrito Especial, a 7 de junio de 1974.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echavarría Vélez
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