Por el cual se reforma el marcado con el número 700 de 20 de julio del corriente año, sobre precios de la sal en los Almacenes Fiscales de San José y Barbacoas

Rango Decreto
Publicación 1894-11-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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ElVicepresidente de la República encargado del Poder Ejecutivo,

considerando :

Que á los gastos de transporte del artículo de los puertos de Buenaventura y Tumaco á los almacenes expresados, de que se habla en el Decreto que se reforma, hay que agregar, según informe del Almacenista de sal en San José, el de traslación de la sal de los depósitos del Gobierno á la Bodega ó estación del Ferrocarril, que es el de cinco centavos por cada bulto,

decreta :

Artículo único. El precio de la sal en el Almacén oficial de San José será en lo sucesivo el de $ 1 cada 12 ½ kilogramos.

Que la en estos términos reformado el Decreto número 700 citado

Dado en Bogotá, á 26 de Octubre de 1894,

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