por el cual se aprueba el Acuerdo número 000009 del 1º de agosto de 1994 del Consejo Directivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes del Norte de Santander, que reestructura la Planta de Personal y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1995-06-27
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978,

DECRETA:

Artículo 1º. Apruébase el Acuerdo número 000009 del 1º de agosto de 1994, emanado del Consejo Directivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes de Norte de Santander, cuyo contenido es el siguiente:

«ACUERDO NUMERO 000009 DE 1994

(1º de agosto)

"por el cual se reestructura la planta de personal de la Junta Administradora Seccional de Deportes de Norte de Santander, y se dictan otras disposiciones".

El Consejo Directivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes de Norte de Santander, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 74 del Decreto número 1042 de 1978 y del artículo 10 de la Ley 49 de 1983,

ACUERDA:

Artículo 1º. Suprímanse los siguientes cargos de la planta de personal de la Junta Administradora Seccional de Deportes de Norte de Santander:

No. de cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado
Sección Administración y Finanzas Sección Administración y Finanzas Sección Administración y Finanzas Sección Administración y Finanzas
1 Jefe de Sección 2075 02
Grupo de Finanzas Grupo de Finanzas Grupo de Finanzas Grupo de Finanzas
1 Pagador 5045 11
2 Visitador 5100 06
1 Mecanógrafo 5180 02
Grupo de Servicios Generales Grupo de Servicios Generales Grupo de Servicios Generales Grupo de Servicios Generales
1 Almacenista 5080 09
1 Supervisor 5105 07
5 Celador 5320 01
1 Operario 5330 03
3 Auxiliar de Servicios Generales 5335 01
Sección de Medicina del Deporte Sección de Medicina del Deporte Sección de Medicina del Deporte Sección de Medicina del Deporte
1 Auxiliar de Técnico 4110 03
Sección de Organización y Control Deportivo Sección de Organización y Control Deportivo Sección de Organización y Control Deportivo Sección de Organización y Control Deportivo
1 Jefe de Sección 2075 02
Grupo de Promoción y Organización Deportiva Grupo de Promoción y Organización Deportiva Grupo de Promoción y Organización Deportiva Grupo de Promoción y Organización Deportiva
1 Instructor 4085 10
4 Instructor 4085 08
2 Instructor Auxiliar 4130 04
8 Instructor Auxiliar 4130 02

Artículo 2º. Establécese para el cumplimiento de las funciones propias de las distintas dependencias de la Junta Administradora Seccional de Deportes de Norte de Santander, la siguiente planta Global de personal:

No. de cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado
1 Director de Unidad Administrativa Especial 2025 14
2 Jefe de División 2040 03
1 Médico Especialista (MT) 3120 16
1 Profesional Universitario 3020 08
1 Profesional Universitario 3020 04
1 Asistente Administrativo 4140 12
4 Instructor 4085 06
2 Coordinador 5005 16
1 Visitador 5100 12
3 Auxiliar Administrativo 5120 11
1 Secretario Ejecutivo 5040 11
2 Secretario 5140 10
2 Secretario 5140 08
2 Auxiliar Servicios Generales 5335 09
3 Auxiliar Servicios Generales 5335 07

Artículo 3º. El Director Ejecutivo de la Junta Administradora Seccional de Deportes de Norte de Santander, mediante resolución, distribuirá el personal en los cargos, de acuerdo con la estructura interna, planes y programas adoptados y las necesidades del servicio.

Artículo 4º. Los funcionarios cuyos cargos sean suprimidos de conformidad con el artículo 1º del presente Acuerdo, tendrán derecho al pago de la indemnización en los términos y condiciones estipulados en el artículo 8º de la Ley 27 de 1992 y de su Decreto Reglamentario 1223 de 1993.

Artículo 5º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por Decreto del Gobierno Nacional y deroga las Resoluciones números 0179 y 0352 de 1978 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en la ciudad de Cúcuta, al primero (1º) de agosto de 1994.

El Presidente,

(Fdo.) Hugo Alberto Hernández H.

La Secretaria,

(Fdo.) Adiela Jaimes Zambrano.»

Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 27 de junio de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Guillermo Perry Rubio.

El Ministro de Educación Nacional,

Arturo Sarabia Better.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Eduardo González Montoya.

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