Por el cual se fija una asignación y se hace un nombramiento en el ferrocarril del Carare

Rango Decreto
Publicación 1928-07-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1.° Fíjase en $ 150 la asignación mensual del Abogado del Ferrocarril del Carare, y nómbrase para desempeñar dicho cargo, que se encuentra vacante en la actualidad, al doctor Ignacio Gil Sanabria.
Artículo 2.° La mencionada empresa le reconocerá los gastos de movilización y transporte cuando por razón de sus funciones tenga que salir de Tunja. Dicho Abogado atenderá también las consultas que se le hagan relacionadas con la carretera del Carare.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de junio de 1928.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Obras Públicas,

Sotero PEÑUELA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.