Por el cual se delega al Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales la administración y conservación del Palacio Nacional de Cali

Rango Decreto
Publicación 1933-07-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que está para terminarse y darse al servicio el edificio del Palacio Nacional de Cali;

Que el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales ocupará, varios locales del mismo con las oficinas de la Administración del Ferrocarril del Pacífico, ofreciendo en compensación encargarse de la administración y conservación del edificio,

DECRETA

Artículo único. Delégase al Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales la administración y conservación del Palacio Nacional de Cali.

Parágrafo. Los gastos que demanden la administración y conservación del edificio serán de cargo de dicho Consejo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Fusagasugá a 19 de junio de 1933.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Obras Públicas,

Alfonso ARAUJO

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