Por el cual se crea un Consulado, un cargo y se hace un nombramiento ad honorem en el Servicio Exterior
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992,
DECRETA:
Artículo 1º. Créase el Consulado ad honorem de Colombia en Sapporo, Hokkaido, Japón.
Artículo 2º. Créase el cargo de Cónsul ad honorem de Colombia en Sapporo, Hokkaido, Japón.
Artículo 3º. Nómbrase al doctor Isao Ishimizu en el cargo de Cónsul ad honorem, en el Consulado ad honorem de Colombia en Sapporo, Hokkaido, Japón.
Artículo 4º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 30 de mayo de 1994.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Noemí Sanín de Rubio.
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