Por el cual se distribuye una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. La partida votada en el artículo 387, del Presupuesto de la actual vigencia, para sistenimiento del personal de la Biblioteca Nacional, se distribuye de la siguiente manera:
| Del Director, a $ 180 mensuales | $ | 2,160 |
|---|---|---|
| Del Oficial Mayor, a $ 90 mensuales | 1,080 | |
| Del Jefe de Catalogación, a $ 46 mensuales | 720 | |
| De un Ayudante de la Catalogación, a $ 46 mensuales | 552 | |
| De cinco Ayudantes, a $ 50 mensiuales cada uno | 3,000 | |
| De un Conserje, a $ 40 mensuales | 480 | |
| Suma | $ | 7,992 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de enero de 1932.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Educacion Nacional,
Julio CARRIZOSA V.
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