Por el cual se hace constar la interpretación de unas disposiciones legales, en relación con el Servicio Exterior de la República

Rango Decreto
Publicación 1953-01-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

decreta:

Artículo único. En acatamiento del ordinal 20 del artículo 120 de la Constitución Nacional, interprétase que las normas consignadas en el artículo 14 de la Ley 35 de 1944, el 3° de la Ley 60 de 1946, el 68 (ordinal 9°) del Decreto legislativo 164 de 1950, y el 10 (Disposiciones Generales) de la Ley. 2° de 1951 no rezan con las disposiciones que en cualquier forma, modifiquen la nómina de cargos y asignaciones del Servicio Exterior de la República.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 7 de enero de 1953.

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Juan Uribe Holguín

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.