Por la cual se crean dos empleos

Rango Decreto
Publicación 1905-02-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

DECRETA:

Artículo único. Créanse en la Administración general de Correos y Telégrafos dos plazas de Contadores Liquidadores, con la asignación de cuarenta pesos ($ 40) oro mensuales cada una, desde el 1.° de Febrero próximo entrante, con el objeto de aumentar el personal de dicha Oficina encargado de la fiscalización y examen de las cuentas de los Ramos postal y telegráfico, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 50 de 1904.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 4 de Febrero de 1905.

R.REYES

El Ministro de Gobierno,

BONIFACIO VELEZ

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