Por el cual se modifica el Decreto número 0398 de 1957. (Ministerio de Obras Públicas - Navegación y Puertos)
(Ministerio de Obras Publicas-Navegación y Puertos).
La Junta Militar de Gobierno,
decreta:
Artículo único. A partir del 1.none de mayo del corriente año, el sueldo de: Administrador del Terminal Marítimo del Puerto de Tumaco, creado por Decreto número 0398 de 1957, se pagará con fondos del Capítulo 528, artículo 5330 del Presupuesto vigente, mientras el Gobierno apropia las partidas necesarias para gastos de administración y explotación del Puerto Terminal Marítimo de Tumaco.
Parágrafo. Queda en estos términos modificado el artículo del Decreto número 0398 de 1957.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 4 de junio de 1957.
Mayor General GABRIEL PARIS G.
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca,
Contraalmirante Rubén Piedrahita Arango,
Brigadier General Rafael Navas pardo
Brigadier General Luis E. Ordóñez.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Álvarez Restrepo,
El Ministro de Obras Públicas»
Tulio Os trina Pérez.
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