Por el cual se determina el Departamento del Ministerio de Gobierno que en lo sucesivo ha de conocer de las radicaciones de asuntos criminales

Rango Decreto
Publicación 1937-08-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. El Departamento de Justicia del Ministerio de Gobierno conocerá en lo sucesivo de todos los negocios relacionados con la radicación de asuntos criminales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de junio de 1937.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno,

Alberto LLERAS CAMARGO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.