Por el cual se aprueba el Decreto número 3, del 1º de enero de 1950, expedido por la Gobernación del Departamento del Chocó, con modificaciones
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere el Decreto extraordinario número 3518 de 1949,
DECRETA:
Artículo único. Apruébase el Decreto número 3, del 1° de enero de 1950, expedido por el Gobernador del Departamento del Chocó, con algunas de las modificaciones contempladas en el Decreto número 50, de enero 18 del presente año, del propio Gobernador, y otras introducidas por el Gobierno Nacional al texto original, el cual quedará así:
DECRETO NUMERO 3 DE 1950 (ENERO 1°)
sobre Presupuesto de Rentas y Gastos del Departamento del Chocó para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1950.
El Gobernador del Departamento del Chocó,
en uso de las facultades legales y de las atribuciones que le confiere el Decreto ejecutivo número 3523, de noviembre 9 de 1949,
DECRETA:
Artículo 1° Durante la vigencia fiscal del l° de enero al 31 de diciembre de 1950, regirá para el Departamento del Chocó, el Presupuesto de Rentas y Gastos qué se detalla en los siguientes artículos:
PRIMERA PARTE
COMPUTO DE LOS INGRESOS
Artículo 2° Calcúlase por aproximación los cómputos de rentas e ingresos ordinarios y los de los ingresos especiales por concepto de auxilios de la Nación durante el año de 1950 en la cantidad de dos millones trescientos treinta y seis mil novecientos cinco con veintidós centavos ($ 2.336.905.22) moneda corriente, que se distribuyen así:
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