Que ordena dar cumplimiento a un fallo judicial
El Presidente de la República de Colombia,
considerando:
Que por sentencia de fecha 15 del presente mes la Corte Suprema de Justicia ha declarado "resuelto, por falta de cumplimiento de la Nación, el contrato número 173, de 26 de abril de 1898, por el cual el Departamento de Cundinamarca vendió a la República de Colombia seis mil acciones de la Empresa de la Sabana," y ha dispuesto que, como consecuencia de la resolución del contrato, vuelvan las cosas al estado que tenían antes de celebrarse la negociación,
decreta:
Artículo l.° Devuélvanse inmediatamente al Departamento de Cundinamarca las seis mil acciones del Ferrocarril de la Sabana, de que trata la sentencia de la Corte Suprema, de fecha 15 del presente mes.
Artículo 2.° Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, la administración del Ferrocarril pasará a la Junta Directiva que se debe constituir de conformidad con lo dispuesto en los estatutos de la Compañía.
Artículo 3.° Para fijar el monto de los frutos líquidos de las acciones que se devuelven, como lo dispone el fallo judicial a que se da cumplimiento, se comisiona al señor Procurador de Hacienda para que trate el asunto con el Gobierno de Cundinamarca y someta al Ministerio de Hacienda las conclusiones a que se llegue.
Artículo 4.° Deróganse las disposiciones administrativas incompatibles con este Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de junio de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Hacienda, Diego MENDOZA.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.