Por el cual se abre un crédito al Presupuesto extraordinario de la vigencia fiscal en curso
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades que le confiere la Ley 54 de 1939, y
CONSIDERANDO
Que en años anteriores el Gobierno, en orden a facilitar operaciones comerciales a favor de los bancos, adquirió bonos de la deuda externa de 1927 y 1928, con bonos de deuda pública interna por US$5.997.500, que se hallan actualmente en poder de la Tesorería General y del Banco de la República a la orden del Gobierno;
Que de conformidad con el artículo 7° del convenio que se firmó en Nueva York el 16 de febrero de 1940, entre el Gobierno de Colombia, y los señores Hallgarten y Compañía y Kidder y Peabody y Compañía, se establece que los bonos que actualmente posee el Gobierno deben ser amortizados durante el presenta año;
Que para el cumplimiento de dicho artículo del convenio, se hace indispensable, abrir una apropiación especial en el Presupuesto Nacional por la suma de US $ 5.997.500, o su equivalente en moneda legal, de conformidad con las disposiciones que rigen las erogaciones públicas nacionales, y
Que la Contraloría General de la República, por medio de la nota número 9407, del 4 de los corrientes, certifica la existencia de los bonos en referencia por la cantidad ya indicada, y conceptúa que constituyen un recurso hábil para la apertura del crédito correspondiente,
DECRETA:
Artículo único. Con base en la suma de US. $ 5.997.500, representados en bonos de la deuda externa de 1927 y 1928, de propiedad del Gobierno Nacional, depositados en el Banco de la República y en la Tesorería General, computados a la par, abrese el siguiente crédito al Presupuesto extraordinario de la vigencia fiscal en curso:
MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Presupuesto extraordinario.
CAPITULO 97
Servicios Varios.
| Artículo 1598-D. Para amortización de bonos de la deuda interna de 1927 y 1928, de conformidad con el artículo 7° del convenio firmado en Nueva York el 16 de febrero de 1940, entre el Gobierno Nacional y los señores Hallgarten y Compañía y Kidder Peabody y Compañía | $ | 5.997.500 |
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Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de junio de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
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