Por el cual se reglamenta la Ley 44 de 1912

Rango Decreto
Publicación 1913-04-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta :

Artículo 1.° Las sesenta (60) becas que sostiene la Nación en la Escuela de Artes y Oficios del Instituto Salesiano se distribuyen entre los Departamentos de la República, de la manera siguiente :
Antioquia 6
Atlántico 3
Bolívar 4
Boyacá 6
Caldas 4
Cauca 3
Cundinamarca 6
Huila 3
Magdalena 3
Nariño 4
Norte de Santander 4
Santander 5
Tolima 5
Valle 4
Artículo 2.° El Ministerio de Instrucción Pública, al hacer las adjudicaciones entre los Departamentos, seguirá el orden de prelación alfabético, consultando cuáles tienen ya representación entre los becados.
Artículo 3.° Es entendido que la distribución de que trata el presente Decreto no podrá hacerse sino a medida que se vayan presentando nuevas vacantes, porque las becas ya adjudicadas constituyen un derecho adquirido por los agraciados.
Artículo 4.° El Ministerio de Instrucción Pública comunicará oportunamente a los Gobernadores qué número de becas pueden adjudicar, para que hagan las designaciones ciñéndose a lo dispuesto en el Decreto 161, de 2 de febrero de 1912.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de diciembre de 1912.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Instrucción Pública,

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