Por el cual se distribuye una partida para sostenimiento en general de la Escuela Vocacional Complementaria de Artes Domésticas

Rango Decreto
Publicación 1942-05-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Para sostenimiento en general de la Escuela Vocacional Complementaria de Artes Domésticas, se distribuye la siguiente partida apropiada en el capítulo 65, articulo 951 de la Ley de Apropiaciones vigente, así:
Mensual. Total.
Para pensiones alimenticias de quince (15) alumnas becadas, a $ 15, mensuales cada una, en ocho (8) meses, de mayo a diciembre $ 225,00 1,800,00
Para instalación de cocina y repostería 450,00
Para dotación de dormitorios 250,00
Total $ 2,500,00

Parágrafo. El pago de los gastos de que trata el presente Decreto será atendido por el Contador Habilitado de la Sección de Educación Vocacional del Ministerio de Educación Nacional.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 29 de abril de 1942.

EDUARDO SANTOS

Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Germán ARCINIEGAS

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