Por el cual se reglamenta la Ley 65 de 1968, y se hace un nombramiento

Rango Decreto
Publicación 1969-07-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades conferidas por la Ley 65 y el Decreto 728 de mayo 8 1969,

DECRETA:

Artículo 1°. Desígnase al doctor Rafael Paredes Infante como Gerente General de la Junta de Rehabilitación y Desarrollo de la Zona Bananera del Magdalena.
Articulo 2°. La dirección y administración de la Junta de Rehabilitación y Desarrollo de la Zona Bananera del Magdalena estará a cargo de los miembros de la misma, del Gerente General y de los demás funcionarios que determinan los estatutos.
Artículo 3°. De conformidad con lo dispuesto en las normas sobre Reforma Administrativa, el Gerente General es agente el Presidente de la República, de su libre nombramiento y remoción.

Como, representante legal de la junta de Rehabilitación y Desarrollo de la Zona Bananera del Magdalena; adquirirá los compromisos que impliquen erogaciones por parce del Fondo de Regulación de Precios del Banano.

Parágrafo. La Junta le determinará sus funciones y le fijará su asignación.

Artículo 4°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y ejecútese.

Dado en Bogotá, D. E., a 9 de julio de 1969.

CARLOS LLERAS RESTREPO

Enrique Peñalosa Camargo,

Ministro de Agricultura.

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