Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1941-06-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que tanto el Consejo de Ministros como el Consejo de Estado dieron su autorización y dictamen favorable para abrir un crédito adicional al Presupuesto vigente, según consta en las notas números 6422 y 9847, de fechas 5 y 13 de junio en curso, procedentes de las respectivas Secretarías,

DECRETA :

Artículo 1°. Con base en la suma proveniente de la venta y enajenación de los bienes cedidos al Gobierno Nacional por don Pedro A. Elejalde, en la población de Frontino (Antioquía), ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO

Capítulo 99 ter.

Artículo 1273-M. Para la construcción de un plantel educativo en el municipio de frontino Artículo 1273-M. Para la construcción de un plantel educativo en el municipio de frontino
(Antioquia) $ 10,094.79
Artículo 2°. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de junio de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

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