Por el cual se restablece una Oficina Telegráfica
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Restablécese la Oficina Telegráfica de Chimbe (Departamento de Cundinamarca), servida por un Telegrafista y un Cartero, cada uno con la asignación mensual de $ 1,400 y $ 300, rapectivamente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 2 de Diciembre de 1903.
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de gobierno,
ESTEBAN JARAMILLO
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