por el cual se adiciona la Planta de Personal del Departamento Administrativo de Seguridad

Rango Decreto
Publicación 1987-06-24
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional y el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978,

DECRETA:

Artículo 1º. Créanse los siguientes cargos en la planta de Personal del Departamento Administrativo de Seguridad:

No. de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
División de Servicios Suministros. Sección de Transportes.
15 Chofer Mecánico 6010 9
Planta de Investigadores.
25 Agente Secreto 4120 7
50 Agente Secreto 4120 6

Artículo 2º. Los cargos a que se refiere el artículo anterior se destinarán para el cumplimiento de las funciones determinadas en el literal e) del artículo 14 del Decreto-ley 625 de 1974 y el personal que ocupe dichos cargos deberá recibir la adecuada preparación académica y técnica que lo habilite para el ejercicio de su misión especializada.

Artículo 3º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. _

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 16 de junio de 1987.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Alarcón Mantilla.

El Secretario General, encargado de las funciones del Despacho del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Joaquín Barreto Ruiz.

El Jefe del Departamento Administrativo de Seguridad,

Brigadier General Miguel Alfredo Maza Márquez.

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