Por el cual se aumenta la planta de Cadetes Navales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades que le confiere el articulo 8º de la Ley 89 de 1940,
DECRETA:
Fíjase en sesenta y cinco (65) el número total de Cadetes efectivos de la Armada Nacional de que trata el Decreto 388 de 1940.
Comuniquese y ejecútese.
Dado en Bogotá a 23 de enero de 1942.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Guerra,
Gonzalo RESTREPO
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