Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Agricultura y de Obras Públicas)
La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,
obrando de conformidad con las disposiciones del artículo 121 de la Constitución Nacional, DECRETA:
Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:
| MINISTERIO DE AGRICULTURA. CAPITULO 203 Secretarla Administrativa. | MINISTERIO DE AGRICULTURA. CAPITULO 203 Secretarla Administrativa. | MINISTERIO DE AGRICULTURA. CAPITULO 203 Secretarla Administrativa. |
|---|---|---|
| 003. Del artículo 2088. Para gastos extraordinarios e imprevistos y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en la presente vigencia y anteriores | $ | 83.845.57 |
| Suma el contracrédito | $ | 83.845.57 |
| MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS. CAPITULO 547 Bienes Inmuebles Administración y Sostenimiento. | ||
| Al artículo 5570. Para arrendamiento de locales con destino al servicio del Gobierno Nacional, en el país, en la presente vigencia y anteriores | $ | 83.845.57 |
| Suma crédito | $ | 83.845.57 |
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición, y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 18 de junio de 1957.
Mayor General GABRIEL PARIS G., Presidente de la Junta.
Mayor General Deograeias Fonseca.
Contraalmirante Rubén Piedrahita A.
Brigadier General Rafael Navas Pardo.
Brigadier General Luis E. Ordóñez.
El Ministro de Gobierno,
José María Villarreal.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Carlos Sanz de Santamaría.
El Ministro de justicia,
Mayor General Alfredo Duarte Blum.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo.
El Ministro de Guerra, encargado,
Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya.
El Ministro de Agricultura,
Jorge Mejía Salazar.
El Ministro del Trabajo,
Raimundo Emiliani Román.
El Ministro de Salud Pública,
Juan Pablo Llinás.
El Ministro de Fomento,
Joaquín Vallejo.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Julio César Turbay Ayala.
El Ministro de Educación Nacional,
Próspero Carbonell.
El Ministro de Comunicaciones,
Mayor General Pedro A. Muñoz.
El Ministro de Obras Públicas,
Tulio Ospina Pérez.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.