Por el cual se fijan el personal y las asignaciones de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca

Rango Decreto
Publicación 1941-06-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que confiere el artículo 10 de la Ley 78 de 1935,

DECRETA:

Artículo 1°. A partir de la fecha del presente Decreto, el personal y las asignaciones de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca, serán los siguientes:
Administración.
Administrador 320.00
--- ---
Visitador de Recaudaciones 150.00
--- ---
Mecanotaquígrafa 100.00
--- ---
Oficial dé Registro 80.00
--- ---
Celador. 60.00
--- ---
Portero 50.00
--- ---
Sección 1a
--- ---
(Impuesto sobre la renta, patrimonio y exceso
--- ---
de utilidades).
--- ---
Auditor de Impuestos 280.00
--- ---
Mecanógrafa 80.00
--- ---
Revisor General 230.00
--- ---
Dos liquidadores primeros, cada uno 200.00
--- ---
Cuatro liquidadores segundos, cada uno 170.00
--- ---
Un Oficial de Registro de contribuyentes 140.00
--- ---
Archivero 100.00
--- ---
Archivero Ayudante 90.00
--- ---
Jefe de Kárdex de Contabilidad 170.00
--- ---
Oficial de Certificados 120.00
--- ---
Contador del Debido Cobrar 100.00
--- ---
Ayudante 80.00
--- ---
Jefe de Kárdex de Información 150.00
--- ---
Ayudante 120.00
--- ---
Auxiliar 90.00
--- ---
Sección 2a
--- ---
(Sindicatura).
--- ---
Abogado-Síndico 230.00
--- ---
Secretario 160.00
--- ---
Dos Oficiales Liquidadores, cada uno 140.00
--- ---
Liquidador Auxiliar 110.00
--- ---
Mecanógrafa 80.00
--- ---
Escribiente 70.00
--- ---
Notificador 60.00
--- ---
Sección 3a
--- ---
(Consumo y Timbre),
--- ---
Jefe 200.00
--- ---
Mecanógrafa 80.00
--- ---
Oficial Visitador 140.00
--- ---
Oficial de Timbre 120.00
--- ---
Ayudante 90.00
--- ---
Liquidador de Impuestos de la Ley 12 de 1932 120.00
--- ---
Escribiente 60.00
--- ---
Notificador 60.00
--- ---
Sección 4a
--- ---
(Encomiendas).
--- ---
Jefe 200.00
--- ---
Almacenista 150.00
--- ---
Ayudante de Almacenes 120.00
--- ---
Revisor de Reconocimientos 150.00
--- ---
Ayudante 100.00
--- ---
Reconocedor de Recomendados 130.00
--- ---
Dos Liquidadores, cada uno 90.00
--- ---
Ayudante. 70.00
--- ---
Reconocedor de Encomiendas 130.00
--- ---
Dos Liquidadores, cada uno 90.00
--- ---
Ayudante 70.00
--- ---
Oficial de Registro y Triplicación 80.00
--- ---
Mecanógrafa 70.00
--- ---
Seis Guardas, cada uno 50.00
--- ---
Sección 5a
--- ---
(Caja),
--- ---
Cajero Principal 200.00
--- ---
Tres Cajeros Auxiliares, cada uno 130.00
--- ---
Un Oficial de Remesas 110.00
--- ---
Sección 6a
--- ---
(Contabilidad).
--- ---
Contador-Jefe 220.00
--- ---
Contador Ayudante 140.00
--- ---
Examinador de Cuentas 120.00
--- ---
Dos Contadores primeros, cada uno 110.00
--- ---
Dos Contadores Segundos, cada uno 100.00
--- ---
Oficial de Análisis 100.00
--- ---
Fenecedor 110.00
--- ---
Fenecedor ayudante 90.00
--- ---
Tres Mecanógrafas cada una 80.00
--- ---
Sección 7ª
--- ---
(Juzgados de Rentas)
--- ---
Juez 190.00
--- ---
Secretario 160.00
--- ---
Oficial Mayor 150.00
--- ---
Sustanciador 110.00
--- ---
Escribiente 90.00
--- ---
Archivero 80.00
--- ---
Artículo 2°. A partir de la misma fecha hácense los siguientes nombramientos:
Administración
Administrador, Luis Carlos Páez.
Visitador de Recaudaciones, Miguel Fajardo.
Mecanotaquígrafa, Cecilia Herrera.
Oficial de Registro, Álvaro Bueno.
Celador, José A. Ramos.
Portero, Humberto Vargas.
Sección 1a
Auditor de Impuestos, Jorge Ferro M
Mecanógrafa, Hortensia Alfaro.
Revisor General, Jaime Trujillo.
Liquidador Primero, Eduardo Andrade J.
Liquidador Segundo, Delfín Mendoza.
Liquidador Segundo Alfredo Posada.
Liquidador Segundo, Carlos Torres M.
Liquidador Segundo, Alfonso Pinzón Urdaneta.
Oficial de Registro de Contribuyentes, Gonzalo Sanclemente.
Archivero, Juan David Caicedo.
Archivero Ayudante, Jesús Guerrero.
Jefe de Kárdex de Contabilidad, José María Wiesner
Oficial de Certificados, Juan de Dios Parra.
Contador del Debido Cobrar, Elíseo Silva.
Ayudante, Luis E. López.
Jefe de Kárdex de Información, Carlos E. Aguilera Rey.
Ayudante, Tulia Marmolejo Ramos.
Auxiliar, Santiago Pereira Harker.
Sección 2a:
Abogado Sindico, Eunstasio de Mendoza.
Secretario, Jorge Ángel.
Oficial Liquidador, Luciano Gutiérrez.
Oficial Liquidador, Carlos Niño Medina.
Liquidador Auxiliar, Vidal J. Ulloa.
Mecanógrafa, María de Herrera.
Escribiente, Lucila Vásquez.
Notificador, Milcíades Peña.
Sección 3a:
Jefe, Fernando Castro T.
Mecanógrafa, Irene Ruiz.
Oficial Visitador, Roberto Muñoz F.
Oficial de Timbre, Roberto V. Gamboa.
Ayudante, Miguel A. Vaca.
Liquidador de Impuestos, Ley 12 de 1932, Luis A. Ramírez.
Escribiente, José Miguel Carrillo.
Notificador, Juan E. Santana.
Sección 4a:
Jefe, Rufino Gutiérrez Mesa.
Almacenista, Sacramento Ceballos.
Ayudante de Almacenes, José María Herrera.
Revisor de Reconocimientos, Tomás Enrique Perry,
Ayudante, Jorge Toro Grillo.
Reconocedor de Recomendados, Manuel de J. Camero.
Liquidador, Luis H. Soto.
Liquidador, Carlos Latorre.
Ayudante, Adolfo Izquierdo.
Reconocedor de Encomiendas, José Velásquez García.
Liquidador, Luis A. Cuellar
Liquidador, Luis M. Gutiérrez.
Ayudante, Carlos Díaz Granados.
Oficial de Registro y Triplicación, Luís González S.
Mecanógrafa, Ana V. Quintana.
Guarda, Benjamín Mora.
Guarda, Arturo Rojas.
Guarda, Rafael Garzón.
Guarda, Francisco Pacheco.
Guarda, Samuel Bernal.
Guarda, Marco T. Jaramillo.
Sección 5a
Cajero Principal, Andrés Martínez.
Cajero Auxiliar, Jaime Pinzón.
Cajero Auxiliar, Alfredo Quiñones Olarte.
Cajero Auxiliar, Alfonso Romero Rey.
Oficial, de Remesas, José D. Noriega.
Sección 6a
Contador Jefe, Felipe S. Alfaro.
Contador Ayudante, Antonio Gómez.
Examinador de Cuentas, Emilio Duque.
Contador 1°, Saúl Rojas.
Contador 1°, Pedro Ayala.
Contador 2°, Julio Villegas.
Contada 2°, Antonio Castañeda.
Oficial de Análisis, Camilo A. Vélez.
Fenecedor, Emilio Velásquez.
Fenecedor Ayudante, Manuel Sáenz.
Mecanógrafa, Francisca de Nassar.
Mecanógrafa, Flor Elvira Ramos.
Mecanógrafa, Blanca D' Alemán.
Sección. 7a
Juez, Ernesto Saravia Matéus.
Secretaria, Ignacio Casas Manrique.
Oficial Mayor, Julia Umaña de Restrepo.
Sustanciador, Víctor M. Arango.
Escribiente, Manuel Antonio Suárez.
Archivero, Teresa Argáez de Gutiérrez.
Artículo 3°. Los empleados nombrados por el presente Decreto, que han venido desempeñando los mismos cargos para los cuales se les designa, no necesitan tomar nueva posesión.
Artículo 4°. En adelante los Citadores del Juzgado de Rentas (Sección 7a) de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca, prestarán sus servicios por contrato, que celebrarán con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y sus honorarios serán fijados por dicho Ministerio y pagados de acuerdo con las citaciones efectivas que haga cada cual, con cargo al capítulo 27, artículo 264, del Presupuesto de la actual vigencia.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de junio de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.