por el cual se aprueba el Acuerdo número 057 de mayo 2 de 1986 de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, Corpoguajira, que establece la Planta de Personal

Rango Decreto
Publicación 1987-06-24
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978,

DECRETA:

ARTICULO 1° Apruébase el Acuerdo número 057 de mayo 2 de 1986 de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, Corpoguajira cuyo texto es el siguiente:

"ACUERDO NUMERO 057 DE 1986

(mayo 2)

por el cual se establece la Planta de Personal de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, Corpoguajira.

La Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, Corpoguajira, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias,

ACUERDA:

Artículo 1° Las funciones propias de las distintas dependencias de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, Corpoguajira, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:

No. DE CARGOS DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO CODIGO GRADO GRADO
DIRECCION EJECUTIVA. DIRECCION EJECUTIVA. DIRECCION EJECUTIVA. DIRECCION EJECUTIVA. DIRECCION EJECUTIVA. DIRECCION EJECUTIVA.
1 Director General de Establecimiento Público 0015 0015 08 08
1 Secretario Ejecutivo 5040 5040 17 17
1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 6035 05 05
1 Chofer Mecánico 6010 6010 08 08
OFICINA DE PLANEACION. OFICINA DE PLANEACION. OFICINA DE PLANEACION. OFICINA DE PLANEACION. OFICINA DE PLANEACION. OFICINA DE PLANEACION.
1 Jefe de Oficina 2045 2045 14 14
1 Profesional Especializado 3010 3010 10 10
2 Profesional Universitario 3020 3020 06 06
1 Técnico Administrativo 4065 4065 09 09
1 Secretario Ejecutivo 5040 5040 13 13
OFICINA DE ASUNTOS FRONTERIZOS E INDIGENAS. OFICINA DE ASUNTOS FRONTERIZOS E INDIGENAS. OFICINA DE ASUNTOS FRONTERIZOS E INDIGENAS. OFICINA DE ASUNTOS FRONTERIZOS E INDIGENAS. OFICINA DE ASUNTOS FRONTERIZOS E INDIGENAS. OFICINA DE ASUNTOS FRONTERIZOS E INDIGENAS.
1 Jefe de Oficina 2045 2045 09 09
1 Profesional Especializado 3010 3010 09 09
1 Secretario Ejecutivo 5040 5040 13 13
SECRETARIA GENERAL. SECRETARIA GENERAL. SECRETARIA GENERAL. SECRETARIA GENERAL. SECRETARIA GENERAL. SECRETARIA GENERAL.
1 Secretario General 0037 0037 02 02
1 Profesional Universitario 3020 3020 06 06
1 Secretario Ejecutivo 5040 5040 13 13
SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA. SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA. SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA. SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA. SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA. SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA.
1 Subdirector General de Establecimiento Público 0040 0040 05 05
1 Secretario Ejecutivo 5040 5040 13 13
1 Secretario 5140 5140 10 10
DIVISION ADMINISTRATIVA. DIVISION ADMINISTRATIVA. DIVISION ADMINISTRATIVA. DIVISION ADMINISTRATIVA. DIVISION ADMINISTRATIVA. DIVISION ADMINISTRATIVA.
1 Jefe de División Jefe de División 2040 2040 09
1 Profesional Universitario Profesional Universitario 3020 3020 04
1 Técnico Administrativo Técnico Administrativo 4065 4065 09
2 Auxiliar de Servicios Generales Auxiliar de Servicios Generales 6035 6035 05
1 Ayudante de Oficina Ayudante de Oficina 5155 5155 05
3 Chofer Mecánico Chofer Mecánico 6010 6010 08
DIVISION FINANCIERA. DIVISION FINANCIERA. DIVISION FINANCIERA. DIVISION FINANCIERA. DIVISION FINANCIERA. DIVISION FINANCIERA.
1 Jefe de División Jefe de División 2040 2040 09
1 Profesional Universitario Profesional Universitario 3020 3020 04
1 Tesorero Tesorero 5015 5015 18
1 Técnico en Presupuesto Técnico en Presupuesto 4035 4035 10
1 Técnico Administrativo Técnico Administrativo 4065 4065 09
SUBDIRECCION TECNICA. SUBDIRECCION TECNICA. SUBDIRECCION TECNICA. SUBDIRECCION TECNICA. SUBDIRECCION TECNICA. SUBDIRECCION TECNICA.
1 Subdirector General de Establecimiento Público Subdirector General de Establecimiento Público 0040 0040 05
1 Secretario Ejecutivo Secretario Ejecutivo 5040 5040 13
2 Secretario Secretario 5140 5140 10
DIVISION DE PROYECTOS. DIVISION DE PROYECTOS. DIVISION DE PROYECTOS. DIVISION DE PROYECTOS. DIVISION DE PROYECTOS. DIVISION DE PROYECTOS.
1 Jefe de División Jefe de División 2040 2040 14
1 Profesional Especializado Profesional Especializado 3010 3010 09
2 Profesional Especializado Profesional Especializado 3010 3010 08
3 Profesional Universitario Profesional Universitario 3020 3020 03
3 Técnico Operativo Técnico Operativo 4080 4080 09
1 Diseñador Diseñador 4045 4045 09
DIVISION DE RECURSOSNATURALES. DIVISION DE RECURSOSNATURALES. DIVISION DE RECURSOSNATURALES. DIVISION DE RECURSOSNATURALES. DIVISION DE RECURSOSNATURALES. DIVISION DE RECURSOSNATURALES.
1 Jefe de División Jefe de División 2040 2040 14
3 Profesional Especializado Profesional Especializado 3010 3010 09
3 Profesional Universitario Profesional Universitario 3020 3020 04
6 Técnico Operativo Técnico Operativo 4080 4080 09

Artículo 2° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y para su validez requiere la aprobación por Decreto del Gobierno Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Riohacha, capital del Departamento de la Guajira, a los 2 días de mayo de 1986.

(Fdo.), ENRIQUE DANIES RINCONES,

Presidente de la Junta Directiva Corpoguajira.

(Fdo.), AUGUSTO RAMOS BARROS,

Secretario de la Junta Directiva Corpoguajira.

ARTICULO 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto número 2796 de 1984.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 16 de junio de 1987.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Alarcón M

La Jefe del Departamento Nacional de Planeación,

María Mercerdes de Martínez.

El Secretario General, encargado de las funciones del Despacho del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Joaquín Barreto Ruiz.

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