Por el cual se suprime un empleo y se crea otro en el ramo Telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1923-08-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1° Suprímese un Ayudante en la Oficina Postal y Telegráfica de Tame, cuya asignación mensual es de sesenta y cinco pesos, y créase uno más en la Oficina Telegráfica del Espinal, con la de sesenta pesos mensuales, igual a la de otro empleado de la misma categoría en dicha Oficina.
Artículo 2.° Este Decreto regirá diez días después de su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de agosto de 1923.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Gobierno, José Ulises OSORIO.

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