por el cual se distribuye la partida global apropiada en el artículo 232 del Presupuesto de la vigencia en curso
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando
Que el artículo 232 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, asigna la suma de doce mil pesos para las siguientes obras: dos bustos y un retrato del doctor Carlos Martínez Silva, y edición de sus escritos escogidos; un busto y un retrato del General Santos Acosta; y pedestal del busto del General Marceliano Vélez;
Que la Ley 60 de 1926 destinó la cantidad de seis mil pesos por lo que respecta al General Acosta, y que aún no se ha hecho la selección por quien corresponda de los escritos escogidos del doctor Martínez Silva, para hacer la edición,
decreta:
Artículo único. La suma de doce mil pesos señalada en el artículo 232 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, se distribuye así:
| Para los dos bustos del doctor Carlos Martínez Silva, de que trata, la Ley 65 de 1926 | $ | 2,700 |
|---|---|---|
| Para un retrato al óleo del mismo | 500 | |
| Para un busto del General Santos Acosta, de que trata la Ley 60 de 1926 | 5,500 | |
| Para un retrato al óleo del mismo | 500 | |
| Para el pedestal del busto del General Marceliano Vélez | 2,800 | |
| Suma | $ | 12,000 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de junio de 1929.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Gobierno,
Gabriel RODRIGUEZ DIAGO
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