Por el cual se crean algunos cargos y se destinan fondos para alimentación y gastos del Colegio Carrasquilla, de Quibdó

Rango Decreto
Publicación 1946-04-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Con cargo a los fondos apropiados en el artículo 1038, capítulo 72 del Presupuesto Nacional vigente, y no distribuidos por Decretos anteriores, créanse los siguientes cargos en el Colegio Carrasquilla de Quibdó, así:
En nueve (9) meses, de abril a diciembre
Mensual. Total.
Un Profesor, Director del Curso Preparatorio $ 180.00 1.620.00
Ecónoma 60.00 540.00
Enfermero (interno) 40.00 360.00
Carpintero 40.00 360.00
Para profesorado externo, a $ 2.00 la hora de clase 50.00 450.00
Totales $ 370.00 3.330.00
Artículo 2° Los fondos apropiados en el artículo 1039 del capítulo 72 de la Ley de Apropiaciones vigente y no destinados por disposiciones anteriores, se distribuyen así:
En diez (10) meses, del 16 de febrero al 15 de diciembre:
Mensual. Total.
Alimentación de tres alumnos becados y tres empleados internos, a $ 28 mensuales cada uno $ 168.00 1.680.00
En nueve meses, de abril a diciembre:
Para servicios de energía, agua, aseo, teléfono, dotación, material de enseñanza, reparaciones, deportes, arrendamientos y demás gastos del colegio 100.00 1.900.00
Total $ 2.580.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de abril de 1946.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Francisco de Paula PEREZ-El Ministro de Educación Nacional, Germán ARCINIEGAS.

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