Por el cual se crea la Sección de Recibo en la Administración General de Correos Nacionales, y se aumentan unas plazas de Cartero
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando :
que para la buena marcha del ramo Postal urge la creación de una Oficina que funcione independientemente de la Sección habilitada para el despacho de los correos y que se encargue del recibo de los que llegan a la capital de la República ; y
Que el personal actual de los Carteros que prestan servicio en el Correo Urbano de Bogotá es insuficiente y el número de correspondencias que traen dirección aumenta de día en día,
decreta :
Artículo 1.° Créase la Sección de Recibo en la Administración General de Correos Nacionales, con el personal y asignaciones mensuales que en seguida se expresan :
| Un Jefe, con | $ | 80 |
|---|---|---|
| Un Subjefe, con | 60 | |
| Tres Ayudantes, cada uno con | 30 | |
| Dos Guardas, cada uno con | 18 |
Artículo 2.° Auméntase a cincuenta el número de Carteros que hoy prestan servicio en la Sección 14.ª, Correo Urbano de Bogotá. Por conducto de la Administración General de Correos Nacionales se dará desarrollo al presente Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de octubre de 1914.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno,
miguel ABADIA MENDEZ
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