Por el cual se adscriben unas funciones al Contador Mayor del Ministerio de Guerra

Rango Decreto
Publicación 1919-06-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Adscríbense al Contador Mayor del Ministerio de Guerra las funciones de Pagador del valor de los ganados que se compren por cuenta del referido Ministerio.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 2 de junio de 1919.

MARCO FIDEL SUAREZnone El Ministro de Guerra, Jorge ROA.

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