Por el cual se abre un crédito adicional -suplemental- al Presupuesto vigente. (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1956-06-02
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Ministerio de Obras Públicas),

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO

que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,

DECRETA

Artículo primero. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de cuatrocientos setenta y nueve mil ciento sesenta y siete pesos con treinta centavos ($ 479.1.77.30) moneda corriente, que se incorpora con imputación al siguiente numeral:

RENTAS CONTRACTUALES

Numeral 90. Servicio del Ferry de Gambote. (producto en 1955 y enero y febrero de 1956, consignado por las Empresas Públicas de Cartagena, $ 279.177.30, y estimativo para marzo a diciembre de 1956, $ 200.000.00) $ 479.177.30
Total $ 479.177.30
Artículo segundo. Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional suplemental al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso
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MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
CAPITULO 531
Carreteras Nacionales Puentes-Construcción. 203.Al artículo 5386. Para el puente Gambote en el Canal del Dique $ 479.177.30
Total $ 479.177.30
Artículo tercero. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a las del presente decreto, el cual rige desde la fecha de expedición

Comuníquese publíquese y cúmplase

Dado en Bogota a 16 de mayo de 1956

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA

Presidente de Colombia

El Ministro de Gobierno, encargado del Ministerio de Educación Nacional,

Lucio Pabón Núñez.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Evaristo Sourdis.

El-Ministro de Justicia

Pedro Manuel Arenas.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Guerra,

Mayor General Gabriel París.

El Ministro de Agricultura,

Hernando Salazar Mejía.

El Ministro del Trabajo,

Cástor Jaramillo Arrubla

El Ministro de Salud -Pública,

Gabriel Velásquez Paláu.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Félix García Ramírez.

El Ministro de Fomento,

Jorge Reyes Gutiérrez.

El -Ministro de Comunicaciones,

Mayor General Gustavo Berrío M.

El Ministro de Obras Públicas, encargado,

Teniente Coronel Mariano Ospina Navia.

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