Por el cual se fijan sueldos a varios empleados judiciales y del Ministerio Público

Rango Decreto
Publicación 1888-01-02
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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Vista la autorización contenida en el oficio número 594. Sección 3.ª, de 23 de Noviembre, del Ministerio de Gobierno,

DECRETA :

Art. 1.° Las asignaciones anuales de los empleados del Poder Judicial y del Ministerio público, que se expresen á continuación, serán las siguientes :
Para los jueces de Circuito de Medellín, Yarumal, Amalfi, Manizales, Santa Rosa, Sopetran y Marinilla, mil doscientos pesos cada uno $ 1,200
Para los jueces de Circuito de Antioquia, Titiribi, Jericó, Santo Domingo, Río-Negro, Abejorral, Salamina y Sonsón, mil ochenta pesos cada uno 1,080
Para los Secretarios de los Jueces de Circuito de Medellín, setecientos sesenta y ocho pesos cada uno 768
Para los Secretarios de los Jueces de Circuito de Amalfi, Manizales, Marinilla, Santa Rosa, Sopetrán y Yacumal, setecientos veinte pesos cada uno 720
Para los Secretarios de los Jueces de Circuito de Antioquia, Titiribí, Jericó, Santo Domingo, Río-Negro, Abejorral, Salamina y Sonsón, seiscientos pesos cada uno 600
Para los Escribientes de los Juzgados de Medellin, cuatrocientos veinte pesos cada uno 420
Para los Escribientes de los demás Juzgados de Circuito del Departamento, trescientos sesenta pesos cada uno 360
Para los Porteros-escribientes de los Juzgados de Circuito del Departamento, doscientos cuarenta pesos cada uno 240
Para los Fiscales de Circuito de Medellín, novecientos sesenta pesos cada uno 960
Para los Fiscales de los demás Circuitos del Departamento, setecientos ochenta pesos cada uno 780
Art 2.° Este decreto empezará á regir el 1 ° de Enero de 1888, si fuere aprobado por el Supremo Gobierno de la República ; y con este fin se remitirá en consulta.

Dado en Medellín, á 14 de Diciembre de 1887.

Marceliano Vélez.

El Subsecretario de Gobierno y Guerra,

Juan de D. Mejía.

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