Por la cual se aprueban unas asignaciones
El Presidente de la República de Colombia
DECRETA:
Artículo único. Apruébanse las asignaciones de $ 40 y $ 20 mensuales señaladas por el Gobernador de Cundinamarca al Alcalde y Secretario de Villeta, en el Decreto número 66 de 12 del presente mes.
Comuníquese y publíquese
Dado en Coburgo (Fusagasugá), á 2l de Septiembre 1905.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
BonifacioVelez
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