por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Rango Decreto
Publicación 2002-05-28
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º.Oficina Asesora de Planeación. Corresponde a la Oficina Asesora de Planeación dependiendo jerárquicamente del Viceministerio General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el ejercicio de las siguientes funciones:
Artículo 2º.Funciones de la Secretaría General. Corresponde a la Secretaría General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el ejercicio de las siguientes funciones:
Artículo 3º.Estructura de la Secretaría General. La Secretaría General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público tendrá la siguiente estructura:

1 4. Subdirección de Servicios.

Artículo 4º.Dirección Administrativa. Corresponde a la Dirección Administrativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con sus respectivas Subdirecciones, el ejercicio de las funciones contempladas en el Decreto 2191 de 2001.
Artículo 5º.Oficina de Asuntos Disciplinarios. Corresponde a la Oficina de Asuntos Disciplinarios del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el ejercicio de las siguientes funciones:
Artículo 6º.Dirección General de Tecnología. Créase en la estructura interna del Ministerio de Hacienda y Crédito Público la Dirección General de Tecnología, dependiendo jerárquicamente del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 7º.Funciones de la Dirección General de Tecnología. Corresponde a la Dirección General de Tecnología del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el ejercicio de las siguientes funciones:

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.