por el cual se dicta una disposición en el Servicio Exterior de la República
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1° A partir del 1° de julio de 1990, créase un (1) cargo de Auxiliar Administrativo 11 PA en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Gran Bretaña y nómbrase para desempeñarlo a la señora Aura Inés Piedrahíta de Stogdon.
Artículo 2° Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al Presupuesto de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia.
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 25 de mayo de 1990.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Julio Londoño Paredes.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.