por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Rango Decreto
Publicación 2002-05-28
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales legales que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los literales m) y n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 del Decreto 1572 de 1998, en concordancia con los artículos 154 y 155 del mencionado decreto, modificados por los artículos noveno y décimo del Decreto 2504 de 1998 respectivamente, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública para su aprobación, el estudio correspondiente para la modificación de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo undécimo del Decreto 2504 de 1998, el citado Departamento emitió concepto técnico favorable,

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los cargos que se relacionan a continuación:
SECRETARIA GENERAL SECRETARIA GENERAL SECRETARIA GENERAL SECRETARIA GENERAL
Nro. de cargos Denominación del Cargo Código Grado
1 (uno) Asesor 1020 10
4 (cuatro) Asesor 1020 06
2 (dos) Asesor 1020 04
2 (dos) Asesor 1020 02
1 (uno) Profesional Especializado 3010 18
1 (uno) Profesional Universitario 3020 12
1 (uno) Analista de Sistemas 4005 15
1 (uno) Técnico Administrativo 4065 18
2 (dos) Técnico Operativo 4080 17
1 (uno Técnico Operativo 4080 15
1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 22
1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 19
1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 16
SECRETARIA GENERAL - DIRECCION ADMINISTRATIVA SECRETARIA GENERAL - DIRECCION ADMINISTRATIVA SECRETARIA GENERAL - DIRECCION ADMINISTRATIVA SECRETARIA GENERAL - DIRECCION ADMINISTRATIVA
Nro. de cargos Denominación del Cargo Código Grado
1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 18
DIRECCION GENERAL DEL PRESUPUESTO NACIONAL DIRECCION GENERAL DEL PRESUPUESTO NACIONAL DIRECCION GENERAL DEL PRESUPUESTO NACIONAL DIRECCION GENERAL DEL PRESUPUESTO NACIONAL
Nro. de cargos Denominación del Cargo Código Grado
1 (uno) Asesor 1020 14
4 (cuatro) Asesor 1020 07
1 (uno) Asesor 1020 05
1 (uno) Jefe de Oficina 2045 25
1 (uno) Profesional Especializado 3010 16
1 (uno) Profesional Especializado 3010 15
1 (uno) Profesional Universitario 3020 13
2 (dos) Profesional Universitario 3020 10
2 (dos) Profesional Universitario 3020 09
1 (uno) Técnico Administrativo 4065 14
1 (uno) Asistente Administrativo 4140 12
2 (dos) Secretario Ejecutivo 5040 16
2 (dos) Auxiliar Administrativo 5120 23
DIRECCION GENERAL DEL TESORO NACIONAL DIRECCION GENERAL DEL TESORO NACIONAL DIRECCION GENERAL DEL TESORO NACIONAL DIRECCION GENERAL DEL TESORO NACIONAL
Nro. de cargos Denominación del Cargo Código Grado
2 (dos) Asesor 1020 10
2 (dos) Asesor 1020 07
2 (dos) Asesor 1020 04
1 (uno) Profesional Especializado 3010 18
1 (uno) Profesional Universitario 3020 14
DIRECCION GENERAL DE APOYO FISCAL DIRECCION GENERAL DE APOYO FISCAL DIRECCION GENERAL DE APOYO FISCAL DIRECCION GENERAL DE APOYO FISCAL
Nro. de cargos Denominación del Cargo Código Grado
1 (uno) Asesor 1020 05
Artículo 2°. Créanse en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los cargos que se relacionan a continuación:
DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO
Nro. de cargos Denominación del Cargo Código Grado
1 (uno) Asesor 1020 15
1 (uno) Asesor 1020 14
1 (uno) Asesor 1020 11
1 (uno) Asesor 1020 05
1 (uno) Asesor 1020 04
OFICINA ASESORA DE PLANEACION OFICINA ASESORA DE PLANEACION OFICINA ASESORA DE PLANEACION OFICINA ASESORA DE PLANEACION
Nro. de cargos Denominación del Cargo Código Grado
1 (uno) Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 16
1 (uno) Asesor 1020 08
2 (dos) Asesor 1020 07
1 (uno) Asesor 1020 06
1 (uno) Profesional Especializado 3010 20
1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 19
SECRETARIA GENERAL SECRETARIA GENERAL SECRETARIA GENERAL SECRETARIA GENERAL
Nro. de cargos Denominación del Cargo Código Grado
1 (uno) Secretario General de Ministerio 0035 23
1 (uno) Jefe de Oficina 0137 20
1 (uno) Asesor 1020 08
1 (uno) Profesional Especializado 3010 20
1 (uno) Profesional Universitario 3020 09
1 (uno) Técnico Administrativo 4065 10
1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 23
3 (tres) Auxiliar Administrativo 5120 18
1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 14
DIRECCION GENERAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO NACIONAL DIRECCION GENERAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO NACIONAL DIRECCION GENERAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO NACIONAL DIRECCION GENERAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO NACIONAL
Nro. de cargos Denominación del Cargo Código Grado
6 (seis) Asesor 1020 01
DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIA DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIA DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIA DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIA
Nro. de cargos Denominación del Cargo Código Grado
1 (uno) Director Técnico 0100 22
2 (dos) Subdirector Técnico 0150 20
1 (uno) Asesor 1020 14
1 (uno) Asesor 1020 13
1 (uno) Asesor 1020 11
4 (cuatro) Asesor 1020 10
1 (uno) Asesor 1020 09
3 (tres) Asesor 1020 08
7 (siete) Asesor 1020 07
6 (seis) Asesor 1020 06
6 (seis) Asesor 1020 04
2 (dos) Profesional Especializado 3010 19
3 (tres) Profesional Especializado 3010 18
2 (dos) Profesional Especializado 3010 15
1 (uno) Profesional Universitario 3020 10
1 (uno) Profesional Universitario 3020 04
3 (tres) Técnico Operativo 4080 18
1 (uno) Técnico Operativo 4080 15
1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 22
1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 19
1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 23
1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 21
Artículo 3°. Aclárase el artículo segundo del Decreto 2192 del 17 de octubre de 2001 en la parte que hace referencia a los Conductores Mecánicos de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional y la Dirección General de Apoyo Fiscal, el cual quedará así:
DIRECCION GENERAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO NACIONAL DIRECCION GENERAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO NACIONAL DIRECCION GENERAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO NACIONAL DIRECCION GENERAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO NACIONAL
Nro. de cargos Denominación del Cargo Código Grado
1 (uno) Conductor Mecánico 5310 17
DIRECCION GENERAL DE APOYO FISCAL DIRECCION GENERAL DE APOYO FISCAL DIRECCION GENERAL DE APOYO FISCAL DIRECCION GENERAL DE APOYO FISCAL
Nro. de cargos Denominación del Cargo Código Grado
1 (uno) Conductor Mecánico 5310 17
Artículo 4º. El Ministro de Hacienda y Crédito Público mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta de personal y ubicará a los funcionarios, teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la entidad.
Artículo 5º. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo segundo del presente decreto, se llevará a cabo dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999 y demás normas vigentes sobre la materia.

Parágrafo. Los empleados públicos vinculados al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, continuarán percibiendo la remuneración mensual que venían devengando hasta tanto se produzcan las incorporaciones a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.

Artículo 6º. Los empleados de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el artículo primero de este decreto, tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a un empleo equivalente, conforme a lo consagrado en la Ley 443 de 1998, en el Decreto Reglamentario 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998 y con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto-ley 1568 de 1998.
Artículo 7º. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo establecido en el artículo 2º del Decreto 1572 de 1998, modificado por el artículo 1º del Decreto 2504 de 1998 y las demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 8 º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente los Decretos 592, 593, 1173 y 1986 de 1993, 124, 178, 458 y 1490 de 1994, 1254 y 2254 de 1995, 571 de 1997, 147 de 2000, 772 y 2192 de 2001 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de mayo de 2002.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Manuel Santos.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Mauricio Zuluaga Ruiz.

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