por el cual se crean unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas (ramo de Carreteras Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1949-05-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 2492 de 1947 dispuso qué el personal administrativo que se requiera en las diferentes zonas de conservación y en las obras dependientes del Departamento dé Ferrocarriles y Carreteras Nacionales del Ministerio de Obras Públicas fuera designado por medio de Decreto; y

Que los cargos que se crean por el presente Decreto se habían atendido anteriormente por jornal,

DECRETA:

Artículo único. A partir de la fecha del presente Decreto, créanse los siguientes cargos en la Zona de Carreteras Nacionales de Quibdó:

Un Subalmacenista, con asignación mensual de $ 250;

Un Oficial de Estadística, con $250 mensuales;

Un Mecanógrafo, con asignación de $ 150 mensuales;

Un Enfermero-Farmaceuta, con $ 200 mensuales;

Dos Enfermeros, cada uno con $ 150 mensuales;

Un Inspector, con asignación mensual de $ 250;

Un Jefe de Talleres, con $ 380 mensuales.

Parágrafo. El valor de los sueldos de los cargos creados será pagado, proporcionalmente con cargo a los presupuestos de la. Zona y de las obras cuya ejecución esté a cargo de la Zona de Carreteras Nacionales de Quibdó.

Dado en Bogotá a 21 de abril de 1949

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO- El Ministro de Obras Públicas, Luis IgnacioANDRADE.

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