Por el cual se modifica la nomenclatura establecida por el artículo 1 del Decreto 3191 de 1968

Rango Decreto
Publicación 1972-07-27
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 6° del Decreto 3191 de 1968,

DECRETA:

Artículo primero. Modifícase la nomenclatura establecida por el artículo del Decreto-ley 3191 de 1968, en la forma que a continuación se indica:

a - Reestructúranse las siguientes series:

Serie y clase categoría Sueldos de ingreso
Capitanes de Prisiones: Capitán de Prisiones I 17 2.310
Capitán de Prisiones II 19 2.790
Cabos de Prisiones: Cabo de Prisiones I 13 1.580
Cabo de Prisiones II 15 1.310
Investigadores Comerciales: Investigador Comercial I 16 2.100
Investigador Comercial II 18 2.540
Investigador Comercial III 20 3.070
Sargentos de Prisiones: Sargento de Prisiones I 13 1.580
Sargento de Prisiones II 15 1.910
Teniente de Prisiones: Teniente de Prisiones I 15 1.910
Teniente de Prisiones II 17 2.310
b - Adiciónase la siguiente serie con la clase y empleo que a continuación se indica:
Guardianes: Guardián IV 11 1.310
Artículo segundo. Las modificaciones que se establecen por el presente Decreto no modifican automáticamente las plantas de personal de los organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público en lo Nacional.

Para dichas modificaciones se requerirá la aprobación del Gobierno mediante el trámite señalado por 1a ley para esta materia.

Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 28 de junio de 1972.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Carmenza Arana de Ramírez.

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