POR EL CUAL SE CONCEDEN VARIAS FRANQUICIAS POSTALES
POR EL CUAL SE CONCEDEN VARIAS FRANQUICIAS POSTALES
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Concédese franquicia postal, dentro de los límites y condiciones reglamentarias, a los ingenieros que integran las Comisiones nombradas por Colombia y Venezuela para practicar algunos trabajos en la frontera de los dos países. La primera de estas Comisiones la componen los ingenieros Julián Villaveces y Ciro Vásquez, representantes de Colombia y Venezuela, respectivamente. La segunda Comisión la componen los ingenieros Enrique Garcés y Abraham Tirado.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 22 de enero de 1930.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Correos y Telégrafos,
José. Jesús GARCIA
Digitó: 52.741.900
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