por el cual se distribuye una partida del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1965 (Departamento Administrativo Nacional de Seguridad), por $ 1.000.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del Decreto número 861 de 1965 se apropió la cantidad de $ 1.000.000.00, para financiar el subprograma del Servicio de Seguridad Rural en el Medio Magdalena y se dispuso que su distribución se haría por Decreto;
Que el Departamento Administrativo de Seguridad ha propuesto la distribución de la partida de que se trata, en la forma que se establece en la parte resolutiva del presente Decreto, y
Que la Dirección Nacional del Presupuesto ha impartido su aprobación a la distribución propuesta,
DECRETA:
Artículo 1° La partida apropiada por medio del Decreto 861 de 1965 (Capítulo 051, programa IV, subprograma 2, artículo 0521-A) por $ 1.000.000.00, para financiar el subprograma del Servicio de Seguridad Rural en el Medio Magdalena, se distribuirá así;
Servicios personales.
| 101, 132. Ordinal 1. Sueldos del personal de nómina | $309.120.00 |
|---|---|
| 102, 132. Ordinal 2. Prima de Navidad | 22.525.44 |
| 102, 132. Ordinal 3. Prima de costo y alimentación | 61.824.00 |
Gastos generales.
| 103, 132. Ordinal 4. Mantenimiento y aseguros | 68.000.00 |
|---|---|
| 105, 132. Ordinal 5. Compra de equipo | 207.000.00 |
| 106, 132. Ordinal 6. Viáticos y gastos de viaje | 180.000.00 |
| 106, 132. Ordinal 7. Servicios de comunicaciones | 10.000.00 |
| 106, 132. Ordinal 8. Servicios públicos | 3.630.56 |
| 106, 132. Ordinal 9. Materiales y suministros | 114.000.00 |
| 106, 132. Ordinal 10. Arrendamientos | 22.000.00 |
| 106, 132. Ordinal 11. Gastos varios e imprevistos | 1.900.00 |
| Total | $ 1.000.000.00 |
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 4 de mayo de 1965.
GUILLERMO LEON VALENCIA
Hernando Durán Dussán, Ministro de Hacienda y Crédito Público.
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