Por el cual se crean plazas de ayudantes en las oficinas telegráficas del Socorro y Girardot y se aumentan algunas partidas para gastos de dichas Oficinas

Rango Decreto
Publicación 1892-01-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República,

En atención á que el personal que hoy hay en las Oficinas Telegráficas y de correos del Socorro y Girardot es insuficiente para el buen servicio de estos ramos,

DECRETA:

Art 1.° Desde el 1° del mes en curso el sueldo de los dos Ayudantes de la Oficina Telegráfica del Socorro es el de $ 36 mensuales cada uno en vez del de $ 30 que hasta hoy han devengado.
Art. 2° Créase en la misma Oficina del Socorro la plaza de tercer Ayudante con la asignación mensual de treinta y cinco pesos ($ 35). Para desempeñar este puesto nombrase al señor Rubén Salas.
Art. 3° Créase en la Oficina Telegráfica- Administración de Correos de Girardot el empleo de un segundo Ayudante, con el sueldo mensual de $30. Nombrase al señor Amadeo Durán para que ejerza tales funciones.
Art. 4° Auméntase á $ 6 mensuales la partida de $ 4 que hoy se invierte en los gastos de alumbrado y escritorio de la misma Oficina de Girardot.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 11 de Diciembre de 1891.

CARLOS HOLGUÍN

El Ministro de Gobierno,

ANTONIO ROLDÁN

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.