Por el cual se hace una traslación en el presupuesto de gastos de 1906

Rango Decreto
Publicación 1906-09-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Trasládase en el Presupuesto de Gastos del año económico de 1906 del artículo 277 la cantidad de trescientos ochenta y siete pesos ($ 387), con la siguiente imputación:

MINISTERIO DE GUERRA

DEPARTAMENTO DE GUERRA

CAPITULO 44

Ejército de la República - Personal.

Artículo 275 - A. Para pagar al Banco de Occidente lo que dio en Julio da 1904 para raciones y sueldos

del Batallón Neira número 15 $ 387

Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras verificarán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 17 de Septiembre 1906.

R. REYES

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

TOBIAS VALENZUELA

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