Por el cual se dictan medidas tendientes a obtener el correcto funcionamiento del Corregimiento de San Felipe (Comisaría Especial del Vaupés), y se dan otras providencias
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y vista la solicitud que hace el señor Comisario Especial del Vaupés para que se dicten medidas encaminadas a obtener el correcto funcionamiento del Corregimiento de San Felipe, creado por el Decreto número 1021 de 1924, que organizó la (Comisaría Especial del Vaupés),
decreta:
Artículo 1° El Corregimiento de San Felipe, de la Comisaría Especial del Vaupés, tendrá el siguiente personal:
| Un Corregidor, con cien pesos mensuales | $ | 100 |
|---|---|---|
| Un Secretario, con sesenta pesos mensuales | 60 | 60 |
| Cuatro Gendarmes, cada uno con cuarenta pesos | 160 | 160 |
Artículo 2° Mientras pueden funcionar las autoridades de los Corregimientos de Papunahua e Isana, la jurisdicción del Corregidor de San Felipe se extenderá a los territorios que forman los Corregimientos antes nombrados.
Artículo 3° El gasto que ocasione el presente Decreto se considerará incluido en el presupuesto de la vigencia actual de dicha Comisaría.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 3 de julio de 1929.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Gobierno,
Gabriel RODRIGUEZ DIAGO
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