por el cual se reorganizan los trabajos de la vía del Sarare y se dictan otras disposiciones. (Ramo de Carreteras Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1946-04-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confieren los artículo 7° y 15 de la Ley 88 de 1931,

DECRETA:

Artículo 1° Los trabajos de estudios y proyectos de la vía del Sarare estarán bajo el cuidado del personal que se cita a continuación, remunerado así: un Ingeniero-Jefe, con quinientos pesos ($ 500.00); un Ingeniero-Ayudante, con cuatrocientos pesos ($ 400.00) y un Habilitado-Almacenista, con doscientos cincuenta pesos ($ 250.00).

Parágrafo. Este personal tendrá, además, a su cuidado la dirección y administración de los trabajos de construcción y sostenimiento que se puedan adelantar con los fondos disponibles, una vez retirada la suma necesaria para los gastos de la comisión de estudios y proyectos.

Artículo 2° A partir del día primero de mayo próximo, quedarán suprimidos todos los empleos creados por decretos anteriores, para servicio de la obra antes citada.
Artículo 3° Créase el puesto de Ingeniero-Jefe de los trabajos de estudios y proyectos y de construcción de la carretera Villeta- Guaduas-Honda, con asignación mensual de quinientos pesos ($ 500.00)
Artículo 4° Los sueldos señalados por medio del presente Decreto, son sin derecho a prima móvil.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de abril de 1946.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Francisco de Paula PEREZ-El Ministro de Obras Públicas, Alvaro DIAZ S.

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