Por el cual se suprime un puesto en el ramo de Telégrafos y se crean dos

Rango Decreto
Publicación 1928-06-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Suprímese en la Sección 7.ª de Conservación de líneas telegráficas el puesto de Auxiliar del inspector, cuya asignación mensual es de $ 85, y créanse dos Guardas más en las Secciones 2.ª y 61, con las asignaciones mensuales de $ 40 y $ 45, respectivamente.

Parágrafo. Los Guardas de que trata el artículo anterior prestarán sus servicios en los trayectos de Sesquilé a Chocontá, por la línea O, y de Cali a Carmen hasta la estación de Juanchito.

El presente Decreto regirá desde el primero de julio próximo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de junio de 1928.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

José Jesús GARCIA

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